AGRUPACIÓN AHUMADA

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15/10/2011 europapress.es

Absuelven a un hombre que condujo sin puntos porque la retirada no
era firme

SENTENCIA PIONERA

El Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo ha absuelto a un conductor, F.F.R., acusado de un delito de conducción sin puntos por estar la sanción administrativa de pérdida de puntos pendiente de recurso judicial y, por tanto, no ser firme.

   La defensa, ejercida por el abogado Juan Casero Lambás, ha solicitado al fiscal general del Estado que se dicte una instrucción general para que los fiscales no formulen acusación por el delito de conducción sin puntos mientras la sanción de Tráfico no sea confirmada por los tribunales o haya adquirido firmeza administrativa.

   Según informó este letrado a Europa Press, en el momento actual puede ocurrir que una persona condenada penalmente en un juicio rápido por un delito de conducción sin puntos consiga más tarde la anulación de la sanción de tráfico después de haber cumplido la condena penal,  lo que "atenta contra el principio de legalidad penal  y las garantías constitucionales de los ciudadanos".

   Por ello, Casero defiende la supresión de la pena de prisión en los casos de delito de conducción sin puntos, pues, a diferencia de la multa, en caso de tener que cumplirse por reincidencia "causa daños irreversibles a los conductores".

   Para el abogado defensor la sentencia es la primera en España que exige esperar a la firmeza judicial de la sanción de tráfico para condenar por un delito de conducción sin puntos. De este modo, se suma a una corriente judicial minoritaria en España que antepone las garantías legales del acusado a la pretensión del Ministerio del Interior de aplicar la Ley de Seguridad Vial y el Código Penal desde el momento en que los funcionarios de Tráfico inscriben a un conductor en el Registro de Conductores e Infractores como privado de los puntos asignados a su permiso de conducir.

   Casero Lambás sostiene que, en ese caso, la detención por la Guardia Civil constituye o un delito de prevaricación o una falta de coacciones del propio Ministerio del Interior, que debe responder de ello ante los tribunales e indemnizar por los perjuicios causados a los conductores ilegalmente detenidos, por lo después de obtener sentencia absolutoria cabe iniciar acciones legales para su reclamación.

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